Código masónico

Adora al Gran Arquitecto

El verdadero culto que se da al Gran Arquitecto, consiste principalmente en las buenas obras.

Ten siempre tu alma en un estado puro para parecer dignamente delante de tu conciencia.

Ama al prójimo como a ti mismo.

No hagas mal para esperar bien.
Estima a los buenos, ama a los débiles, huye de los malos, pero no odies a nadie.

No lisonjees a tu hermano, pues que es una traición; si tu hermano te lisonja, teme que te corrompa.

Escucha la voz de tu conciencia.

Sé el padre de los pobres, cada suspiro que tu dureza les arranque, son otras tantas maldiciones que caerán sobre tu cabeza.

Respeta al viajero nacional o extranjero; ayúdale, su persona es sagrada para ti.

Evita las querellas, prevé los insultos, deja que la razón quede siempre de tu lado.

Parte con el hambriento tu pan, y a los pobres y peregrinos mételes en tu casa; cuando vieses al desnudo, cúbrelo y no desprecies tu carne en la suya.

No seas ligero en airarte, porque la ira reposa en el seno del necio.

Detesta la avaricia, porque quien ama las riquezas ningún fruto sacará de ellas, y esto también es vanidad.

Huye de los impíos, porque su casa será arrasada, más las tiendas de los justos florecerán.

En la senda del honor y de la justicia está la vida, más el camino extraviado conduce a la muerte.

El corazón de los sabios está donde se practica la virtud, y el corazón de los necios donde se festeja la vanidad.

Respeta a las mujeres, no abuses jamás de su debilidad y mucho menos pienses en deshonrarlas.

Si tienes un hijo, regocíjate; pero tiembla del depósito que se te confía Haz que hasta los diez años te tema, hasta los veinte te ame y hasta la muerte te respete

Hasta los diez años sé su maestro, hasta los veinte su padre y hasta la muerte su amigo Piensa en darle buenos principios antes que bellas maneras que te deba rectitud esclarecida y no frívola elegancia

Haz un hombre honesto antes que un hombre hábil. Si te avergüenzas de tu destino, tienes orgullo; piensa que aquél ni te honra ni te degrada, el modo con que cumplas te hará uno u otro.

Lee y aprovecha, ve e imita, reflexiona y trabaja, ocúpate siempre en el bien de tus hermanos y trabajarás para ti mismo.

Conténtate de todo, por todo y con todo.

No juzgues ligeramente las acciones de los hombres; no reproches y menos alabes; antes procura sondear bien los corazones para preciar sus obras.

Sé entre los profanos libre sin licencia, grande sin orgullo, humilde sin bajeza; y entre los hermanos firme sin ser tenaz, severo sin ser inflexible y sumiso sin ser servil.

Habla moderadamente con los grandes, prudentemente con tus iguales, sinceramente con tus amigos, dulcemente con los pequeños y eternamente con los pobres.

Justo y valeroso defenderás al oprimido, protegerás la inocencia, sin reparar en nada de los servicios que prestares.

Exacto apreciador de los hombres y de las cosas, no atenderás más que al mérito personal, sean cuales fueren el rango, el estado y la fortuna.

El día que se generalicen estas máximas entre los hombres, la especie humana será feliz y la Masonería habrá terminado su tarea y cantado su triunfo regenerador

 

 

Inquisición y masonería
(José Martínez Millan)

Presentación

El nacimiento de la Masonería especulativa en Inglaterra durante el siglo XVIII y su institucionalización en las Constituciones de Anderson (1723) fue seguida de una rápida expansión por el continente europeo dando lugar a la fundación de numerosas logias e, incluso, a la aparición de heterodoxias con respecto a la ideología masónica fundacional. Este florecimiento fue acompañado, asimismo, de una fuerte represión. A partir de 1735 se extendieron numerosos edictos prohibiendo y condenando la Masonería en los diferentes territorios europeos, independientemente de las creencias religiosas de sus gobiernos: Holanda en 1735, el Consejo de Ginebra en 1737, Suecia en 1738, Nápoles, etc. Tales prohibiciones estaban motivadas por el secreto tan riguroso con el que los masones envolvían sus reuniones y juramentos, así como por la propia estructura del Estado en el Antiguo Régimen que impedía la existencia de tales asociaciones en su seno. En este contexto, la Santa Sede también condenó la Masonería mediante bula de Clemente XII en 1738.
No obstante, es preciso advertir que tal prohibición --así como la posterior de Benedicto XIV (1751)-- no obedecía solamente a motivos de seguridad de los Estados, sino también a causas religiosas, cual era la sospecha de herejía, por el hecho de admitir en las logias a individuos de diversas religiones.
Para llevar a efecto estas condenas, la Santa Sede ordenó a las Inquisiciones de los distintos Reinos europeos la persecución de los masones.

Los inicios de la masonería en España

Según el libro de Actas de la Gran Logia de Inglaterra, fue un grupo de españoles el primero del continente que solicitó fundar una logia regular. Parece ser que tal logia se fundó en Madrid durante el año 1728, estableciendo su sede en la calle Ancha de San Bernardo, concretamente en el hotel denominado «Las Tres Flores de Lys». No parece que funcionó muy bien o, al menos, por mucho tiempo, pues, en 1768, se le borraba de la lista de Londres al no poseer noticia de ella desde hacía varios años. No obstante, pronto surgieron otras logias en distintos puntos de la península: Gibraltar (en 1729), Cádiz (1739), etc.
Con todo, la Masonería no arraigó profundamente en España durante el siglo XVIII a juzgar por el hecho de que, hasta 1751, no fue prohibido por la Monarquía (Fernando VI), si bien, es preciso tener en cuenta que desde 1738 estaba siendo perseguida por la Inquisición en la península según lo había ordenado la Santa Sede.

La Inquisición española durante el siglo XVIII

La introducción de esta nueva «secta» en España se producía --según la opinión generalizada de los historiadores-- cuando la Inquisición ya había iniciado su decadencia, que le llevaría a la definitiva extinción en el siglo XIX. Tal apreciación resulta --a mi juicio -- válida siempre que el concepto decadencia se refiera a las relaciones cada vez más deterioradas que existían entre la Inquisición y el resto de los organismos de la Monarquía, porque si se aplica en otros aspectos, resultaría difícil de explicar cómo pudo sobrevivir esta institución durante más de un siglo en continuo estado de crisis Y es que, el Santo Oficio, lejos de padecer convulsiones de muerte, experimentó ciertas transformaciones en algunas de sus estructuras que le permitieron pervivir durante largo tiempo. Resulta prioritario, por tanto, explicar brevemente en qué consistieron tales transformaciones con el fin de entender las etapas y características de la persecución que desplegó contra la masonería.
La decadencia de la Inquisición se inició mucho tiempo antes de comenzar el siglo XVIII. Las transformaciones que experimentó el Santo Oficio dentro del complicado sistema institucional de la Monarquía arranca, por lo menos, del reinado de Carlos II, como lo demuestran las numerosas pragmáticas que extendió este monarca delimitando la jurisdicción inquisitoria; si bien, el hecho más significativo, en este sentido, lo constituye la celebración de la Junta Magna (1696), denominada así porque estuvo compuesta por dos miembros de cada uno de los Consejos de la Monarquía y en la que se trató sobre la necesidad de reducir la jurisdicción del Santo Oficio al ámbito exclusivamente religioso.
No obstante, fue durante el siglo XVIII cuando la Inquisición experimentó las mayores transformaciones en este aspecto. Según Juan Antonio Llorente, se produjeron seis intentos de reforma durante dicha centuria, todos ellos encaminados a reducir su jurisdicción al ámbito religioso y someterla a la voluntad real, suprimiéndole el gran poder que había poseído en tiempos anteriores entre todas las instituciones del Estado.
La política reformista de los Borbones no sólo desplazó a la Inquisición, en cuanto institución, de los círculos influyentes del poder, sino también a ciertos grupos sociales (amplios sectores del clero y numerosos títulos nobiliarios) que, de acuerdo con sus intereses, defendían unas formas políticas caducas y unas ideas religiosas integristas. Tales grupos se introdujeron como oficiales (por lo general, a título honorífico) en la Inquisición utilizando sus estructuras, que aún estaban vigentes, para oponerse a la política ilustrada. Por ello, cuando en 1789, estallaba la Revolución Francesa, tales sectores sociales tuvieron suficientes argumentos para atacar ante el flamante monarca (Carlos IV) los programas ilustrados de sus antepasados, cuyas ideas habían llevado al caos a la nación vecina.
La invasión de Napoleón y los primeros intentos constitucionales en España sirvieron para definir con más precisión las características y aspiraciones de estos sectores. Además de la defensa de la Inquisición y del catolicismo integrista que practicaban, ahora añadieron (frente a los ideales de la incipiente burguesía) la defensa del absolutismo en política y el carácter nacionalista (frente a los afrancesados) con el que presentaron sus ideales. Cuando Fernando VII restauró el absolutismo (1814), tales grupos no dudaron en apoyarlo y ponerse a su servicio. La hora de la Inquisición y de todos aquellos que la apoyaban había llegado. El Santo Oficio no reducía su campo de acción solamente a lo religioso (perseguir herejes), sino también a lo político. Esta evolución conlleva, asimismo, la distinción de dos períodos en la persecución a la Masonería como ya puso de manifiesto el profesor Ferrer Benimeli.
El primer período comprende desde 1738, fecha en la que fue condenada la Masonería por la Santa Sede y en la que se mandó a la Inquisición que la persiguiera, hasta 1789. Durante esta etapa, dominan los aspectos religiosos sobre los políticos en la persecución a la Masonería, según se desprende de los procesos inquisitoriales.
El segundo período se extiende entre 1768 y 1820, fecha de la supresión definitiva de la Inquisición, en el que la Revolución Francesa y sus repercusiones en España hicieron que hubiera una identificación del fenómeno revolucionario y de su ideología con la Masonería, por lo que se comprende fácilmente el predominio de los aspectos políticos sobre los religiosos que guiaron a la Inquisición en su persecución a la Masonería.

La persecución inquisitorial a la masonería durante el período 1738-1789

El 11 de octubre de 1738, el Inquisidor General don Andrés del Orbe Larreatigui enviaba a todos los tribunales del Santo Oficio el primer edicto en el que se prohibía la Masonería en España Y sus dominios. Tal medida obedecía a la condena que pocos meses antes había hecho la Santa Sede a esta misma asociación. No parece que dicho edicto tuviera mayor trascendencia, pues no volvió a hablarse de él hasta 1748, con motivo de unas delaciones que se hicieron al tribunal de Toledo acusando a determinadas personas de masones. Tal inactividad contrasta fuertemente con el contenido y contundencia de las prohibiciones tanto eclesiástica como inquisitorial.
Lo más sorprendente de tales edictos es la desproporción que existe entre el delito y la pena que se le impone: pena de muerte y confiscación de bienes, lo que solamente estaba reservado para los herejes impenitentes La desproporción cobra toda su dimensión si se tiene en cuenta que la Iglesia (y en consecuencia la Inquisición) condenaba una asociación que no sabía en qué consistía. De hecho, junto a la bula de prohibición de la Masonería que la Santa Sede envió al Inquisidor General, se instaba a que se descubriesen las características de tal «secta» y se enviasen a Roma.
Así pues, a partir de 1738, los tribunales inquisitoriales españoles se aplicaron a perseguir unos herejes (masones) de quienes desconocían la herejía que practicaban. No obstante, pronto surgieron (a partir de 1751) las primeras delaciones acusatorias e, incluso, las confesiones espontáneas y sinceras que permitieron a la Inquisición conocer la Masonería. Con todo, la nueva «heterodoxia» resultaba escurridiza y difícil de caracterizar: ¿cuáles eran los elementos específicos? Además del mantenimiento del secreto, las proposiciones que los masones proferían no eran heréticas y en el peor de los casos, esto es, cuando sí lo eran, éstas no eran nuevas, sino que desde los primeros tiempos del Santo Oficio se habían perseguido por tales, pero no porque las dijese un masón. De esta manera, los tribunales inquisitoriales no pudieron realizar un manual en el que se expresaran las características de los francmasones a través del cual, los fiscales de los tribunales pudieran catalogar como masón a todo reo que coincidiese con la descripción. Por consiguiente, a los inquisidores sólo les quedó la posibilidad de perseguir a los masones que eran denunciados individualmente. Una vez que se sabía el nombre del perteneciente a dicha hermandad, se le buscaban las heterodoxias que había preferido o realizado en su vida, dado que el simple secreto masónico no era un delito para ser castigado de forma tan contundente como proponían los edictos.
Las proposiciones más comunes que se le atribuyeron a los masones fueron: «Fornicar no es pecado», hablar con poco respeto de la Iglesia, los sacramentos, sobre todo la confesión, etc. Así tenemos numerosos ejemplos que lo testimonian: a Francisco Andreu se le acusó de «hablar con poco respeto del Papa y de Francmasón». A Nicolás Bernardini, de «no descubrirse ante el viático» y de masón. A Francisco Serrat, de criticar la misa y de francmasón. A Monsieur Laporte de estar casado dos veces y de masón, etc.
Se explica de este modo que, durante este período, existieran numerosos procesos en los que los reos fueron castigados por estas proposiciones, pero la Inquisición no se atrevió a tacharlos de masones porque nadie los acusó explícitamente de ello. Así mismo, este sistema de controlar la nueva «herejía» llevaba con frecuencia al Santo Oficio a cometer graves errores, dado que, al no existir características propias, sólo se podían fiar de la delación y ésta, a veces, se hacía con ingenuidad o erróneamente. Este es el caso, por ejemplo, del labrador mallorquín Marcos Tur, campesino analfabeto, que por gastarle una broma al oficial de la barbería donde habitualmente asistía, fue acusado de pertenecer a la Masonería cuando él no sabía en qué consistía tal asociación, o el de M. Loret, cirujano francés, que para atraerse una clientela rica comienza a decir que era francmasón, siendo apresado por el Santo Oficio y descubriéndose el error.

La persecución inquisitorial a la masonería durante el período 1789-1820

A partir de 1789 el concepto que la Inquisición tenía de Masonería iba a cambiar radicalmente. Si durante el período anterior, como se ha insinuado, los masones eran considerados como individuos carentes de ética y moralidad, durante este período son considerados como desidentes políticos o como revolucionarios.
Existen numerosos textos que así lo testimonian: «Hay noticias de que han salido de París para España dos sujetos... ambos enviados por los francmasones revolucionarios, que parece trabajan con la idea de hacer perder a España». Otras veces se subraya el ateísmo de tales ideas políticas: «Se insinúa al pueblo por medio de las leyes masónicas que el Papismo tiene el doble objetivo de la ruina y de la esclavitud de los pueblos.
Que el Catolicismo, cuando más miserable es el pueblo, se halla más floreciente. Los revolucionarios y los impíos cuentan con las generaciones futuras». Finalmente, la Inquisición considera a la Masonería, durante este período, como algo foráneo, extranjero. Ello fue debido a la invasión Napoleónica y a la consiguiente supresión del Santo Oficio, lo que permitió a numerosos españoles manifestar su conformidad con las ideas que traían los franceses y colaborar con ellos en el gobierno con el fin de cambiar España. Sin embargo, el dominio francés en la península duró poco, restableciéndose el absolutismo y la Inquisición.
Los nuevos políticos acusaron a los colaboracionistas (afrancesados) del gobierno anterior de malos españoles y, la mayor parte de las veces, también de masones. No le faltaba razón al Santo Oficio en esta última acusación, pues, como es sabido, Napoleón utilizó la Masonería como auxiliar político para difundir sus ideas. Pero los afrancesados no fueron los únicos de ser acusados de masones, también se incluyó en tal categoría a los liberales, tras la restauración del absolutismo por Fernando VII (1814). No parece que los diputados gaditanos pertenecieran a la Masonería durante el tiempo en que duraron las Cortes de 1812; sin embargo, la Inquisición así los consideró como demuestran las listas que realizó tras su restauración, en 1814, en las que aparecen inscritos gran parte de ellos.
Con todo, para estas fechas, el Santo Oficio estaba en su agonía y su actividad resultaba bastante parca. En 1820 era suprimido definitivamente por los liberales y la represión de la Masonería recayó en otras instituciones.